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Inversores

INVERSORES EN ESPAÑA

Recientemente se ha publicado la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. BOE Sábado 28 de septiembre de 2013. Entre otras cuestiones, recoge la posibilidad de que inversores extranjeros obtengan un permiso de residencia en España por la compra de una vivienda. A este respecto, el proyecto inicial de obtención del permiso de residencia por compra de una vivienda de la cantidad de 500.000 €, los cuales tienen que estar libres de toda carga y gravamen. Reseñamos los aspectos más importantes sobre la obtención del permiso de residencia por compra de vivienda en España.

Visado de residencia para inversores

Se entenderá como inversión significativa de capital la adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante.

Forma de acreditación de la inversión

El solicitante deberá acreditar haber adquirido la propiedad de los bienes inmuebles mediante certificación con información continuada de dominio y cargas del Registro de la Propiedad que corresponda al inmueble o inmuebles. La certificación incorporará un código electrónico de verificación para su consulta en línea.

Si en el momento de la solicitud del visado, la adquisición de los inmuebles se encontrara en trámite de inscripción en el Registro de la Propiedad, será suficiente la presentación de la citada certificación en la que conste vigente el asiento de presentación del documento de adquisición, acompañada de documentación acreditativa del pago de los tributos correspondientes.

El solicitante deberá acreditar disponer de una inversión en bienes inmuebles de 500.000 euros libre de toda carga o gravamen. La parte de la inversión que exceda del importe exigido podrá estar sometida a carga o gravamen.

Efectos del visado de residencia para inversores

La concesión del visado de residencia para inversores constituirá título suficiente para residir en España durante, al menos, un año.

Autorización de residencia para inversores

Los inversores extranjeros que deseen residir en España durante un período superior a un año, podrán ser provistos de una autorización de residencia para inversores, que tendrá validez en todo el territorio nacional. Para solicitar una autorización de residencia para inversores, el solicitante debe cumplir, además de los requisitos generales para la estancia o residencia, deberá:

a) Ser titular de un visado de residencia para inversores en vigor o hallarse dentro del plazo de los noventa días naturales posteriores a la caducidad de éste.

b) Haber viajado a España al menos una vez durante el periodo autorizado para residir.

c)  El solicitante deberá demostrar que el inversor es propietario del bien o bienes inmuebles por la cantidad mínima de 500.000 €. Para ello deberá aportar el certificado o certificados de dominio del Registro de la Propiedad que corresponda al inmueble o inmuebles y debe estar fechado dentro de los 90 días anteriores a la presentación de la solicitud.

Duración de la autorización de residencia para inversores

La autorización inicial de residencia para inversores tendrá una duración de 2 años.

Una vez cumplido dicho plazo, aquellos inversores extranjeros que estén interesados en residir en España por una duración superior podrán solicitar la renovación de la autorización de residencia para inversores por el mismo plazo de 2 años.

 

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